Los procedimientos de adjudicación de los contratos del sector público y la ejecución de los ya formalizados y en vigor se han visto afectados por la declaración del estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19. Una situación que ha obligado a los distintos departamentos y servicios del Ayuntamiento de Castelló, junto con las concejalías competentes, a adoptar medidas al respecto, que se recogen en el Decreto de suspensión de plazos y de ejecución de contratos por el Covid-19, firmado hoy por el concejal delegado de Patrimonio y Contratación, Rafa Simó, y en el que han estado trabajando los socios del Acord de Fadrell y técnicos. "Se paralizan los procesos de contratación pública que no tienen nada que ver con la crisis sanitaria, se suspende la ejecución de algunos servicios y en las obras y servicios que se continúen ejecutando, se obliga a las empresas a presentar un protocolo de seguridad que cumpla las medidas sanitarias y garantice la seguridad de los y las trabajadoras", ha explicado Simó.En el documento, acorde al Real Decreto-ley 8/2020 de medidas urgentes y extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19, se resuelve establecer las reglas en relación con los expedientes de contratación en tramitación o que vayan a iniciarse durante la duración del estado de alarma. Así, los actos preparatorios de los expedientes de contratación, incluidos pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas, se podrán seguir tramitando con normalidad. También seguirán su curso los trámites relativos a estudio de ofertas. La fase de aprobación del expediente queda paralizada, salvo que excepcionalmente por razones de interés público debidamente motivadas se acordara por el órgano de contratación su continuidad. En los expedientes que pudieran encontrarse en fase de presentación de ofertas, los plazos establecidos quedarán interrumpidos; y en aquellos que se encuentren en fase de presentación de documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos a la adjudicación o de justificación de bajas temerarias o cualquier otro tipo de subsanación, se podrá seguir con la tramitación si los interesados voluntariamente lo aceptan. Además, en cualquier fase del procedimiento y siempre que se considere oportuno por el órgano de contratación, podrá convocarse mesa de contratación, que será constituida telemáticamente. Queda suspendida su formalización, salvo que por la finalidad del contrato y por circunstancias de interés público debidamente justificadas y siempre que las circunstancias actuales no lo impidieran, se considerara conveniente iniciar la prestación.El decreto también aprueba continuar con la tramitación de contratos cuya adjudicación ya se haya acordado, si la ejecución material de sus prestaciones se estima necesaria y es posible llevarlas a cabo en la actual situación, siempre y cuando el empresario adjudicatario muestre su conformidad y se comprometa a adoptar las precauciones indicadas por las autoridades sanitarias para evitar contagios. Además, pueden continuar los procedimientos en aquellos contratos referidos a prestaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.