La Diputación impulsa las bases para ayudar a los ayuntamientos a implantar planes de igualdad y contra la violencia de género

El presidente de la Diputación, José Martí, ha destacado que “la consecución de la igualdad en todos los estamentos debe ser un objetivo de todas las instituciones”

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jose marti diputacion
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La Diputación de Castellón aprobará el martes 9 de febrero en la Junta de Gobierno la concreción de las bases y convocatoria de subvención para planes de igualdad y contra la violencia de género para ayuntamientos de municipios de la provincia de Castellón población inferior a 10.000 habitantes, que tendrá una partida global de 60.000 euros.Se trata, como recuerda el presidente de la institución provincial, José Martí, de “una de las principales apuestas de esta área en este 2021 porque somos conscientes de que la consecución de la igualdad deber ser el objetivo de todas las instituciones y, por supuesto, de esta Diputación”.En este sentido, Martí ha recordado que el cambio de gobierno en la institución en junio de 2019 “ya vino acompañado por un claro mensaje, como fue el desbloqueo del Plan de Igualdad, paralizado durante tantos años, y que por fin se aprobó el pasado 17 de noviembre en sesión plenaria”. Todo ello con una meta: desarrollar una serie de acciones entre los años 2021 y 2024 “encaminadas a trabajar por la igualdad real y la eliminación de todo tipo de discriminación entras hombres y mujeres”, subraya el presidente de la Diputación.La vicepresidenta y responsable del área de Igualdad, Patricia Puerta, ha destacado que, precisamente, la partida más importante de este departamento para 2021, que tiene un presupuesto global de 325.644,82, es la destinada a subvenciones para la elaboración de planes de igualdad municipales, que se ve incrementada de los 40.000 a los 60.000 euros “para atender las numerosas peticiones que teníamos para este año, lo que refleja el claro interés de nuestros ayuntamientos”.Las bases se desarrollan en el marco del Plan Estratégico 2020-2022, donde queda fundamentada la competencia propia de la entidad provincial en la articulación de medidas de cooperación en el fomento de la implementación transversal del principio de igualdad entre mujeres y hombres, tanto en el ámbito de su organización y funcionamiento interno, como llevando a cabo acciones externas dirigidas a su población (sensibilización, promoción, normativas, prevención).Los ayuntamientos solicitantes podrán optar por concurrir a una de entre las tres siguientes modalidades de Planes de Igualdad para la subvención:• Plan de igualdad interno organizacional o de plantilla que se desarrollará según el concepto y contenido definidos en el art. 46 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo. Las materias que como mínimo, contemplará el Plan de Igualdad deberán ser: acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para la conciliación, personal y familiar en términos de igualdad entre mujeres y hombres, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo.• Plan de igualdad municipal de ciudadanía que concreta en un tiempo determinado una política pública local de igualdad poniendo en marcha un proceso de trabajo, así como recursos económicos y humanos, con el objetivo de cambiar la realidad de la desigualdad entre mujeres y hombres en el municipio.• Plan municipal contra la violencia de Género que concreta los instrumentos de referencia y guía de las actuaciones municipales contra la violencia hacia las mujeres, trabajando para su prevención y erradicación, el apoyo a las víctimas, el empoderamiento de las mujeres y la mejora de la coordinación con instituciones competentes en la materia para combatir esta lacra social.Las tres modalidades serán excluyentes entre sí, pudiendo solicitarse únicamente la subvención para una de ellas. Además, hay que resaltar que solo serán objeto de subvención provincial los que se elaboren con anterioridad al 30 de noviembre de 2021. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón (BOP).Los ayuntamientos concurrentes a la presente convocatoria que hayan formalizado correctamente su solicitud y alcanzado la puntuación mínima exigible entrarán en concurrencia competitiva hasta el agotamiento de los fondos previstos en la presente convocatoria. La concesión de subvención económica se destinará a aquellas solicitudes que hayan obtenido una mayor valoración de entre las formalizadas, siéndoles asignado un importe máximo de dos 2.500 euros, salvo que el importe solicitado fuera inferior, en cuyo caso el mismo sería atendido en su totalidad.Conforme a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 19 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), se permite compatibilizar estas subvenciones con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o de la Unión Europea o de Organismos Internacionales, si bien el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
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