La bonificación del 50% de la tasa de recogida de la basura y la rebaja del IBI en los edificios con placas fotovoltaicas entrarán en vigor en Vinaròs en enero
Estas medidas se añadirán a las ya aprobadas a través del Pla €Co con el objetivo de ayudar a los vecinos a hacer frente a la crisis económica de la covid-19
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A partir de la próxima semana se aplicará la bonificación del 50% de la tasa de recogida de la basura prevista en el artículo 4.1 de la Ordenanza. La modificación fue aprobada por el Ajuntament y publicada el pasado 2 de diciembre en el Boletín Oficial de la Provincia, BOP, para su ratificación definitiva y entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2022.El alcalde Guillem Alsina ha recordado: “esta rebaja se añadirá a las ya aprobadas, la reducción del 50% del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), la eliminación de la tasa para la expedición de licencia y la bonificación de la tasa de licencia de actividad económica". Según insistía se trata de unas bonificaciones para ayudar a los vecinos y empresas de la localidad a hacer frente a la crisis generada por el coronavirus, además también de ayudar a incentivar la economía.Por su parte, la concejala de Hacienda, Maria Cano, ha destacado: “la rebaja del 50% de la tasa de la recogida de la basura supondrá un significativo ahorro para los hogares que pasarán de pagar un recibo de 34,20€ a los 17,10€, mientras que establecimientos como una cafetería o bar pasarán de los 120 a 60,78€".Por otro lado, Cano comentaba que a partir del 1 de enero también se aplicará la bonificación del 50% de la cuota del Impuesto de los Bienes inmuebles, IBI, para las edificaciones residenciales en que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol. Esta bonificación se extenderá a los cinco periodos impositivos inmediatamente siguientes al de la finalización de la instalación, hasta un máximo de 400 € anuales. Para la aplicación de la bonificación en el ejercicio en el cual se solicita, tendrá que presentarse la instancia antes del 1 de marzo. El resto de condiciones se pueden consultar en el artículo 11, apartado 6, de la Ordenanza fiscal reguladora del IBI.
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