El Pleno del Consell ha aprobado el decreto que desarrolla la disposición adicional octava de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, y que regula la garantía de la Generalitat aplicable a los bienes integrantes de colecciones culturales arrendadas.
La nueva regulación ha establecido el régimen de otorgamiento, alcance y efectividad de esta garantía de la Generalitat, destinada a cubrir determinados riesgos asociados a bienes culturales que formen parte de colecciones alquiladas para su exhibición o utilización con fines culturales o museísticos.
Cobertura e indemnización
Según el texto aprobado, la cobertura pública podrá asumir los daños materiales derivados de la destrucción, pérdida, sustracción o deterioro de estos bienes durante su transporte, depósito, exhibición o cualquier otra actuación directamente vinculada a su destino cultural o museístico.
El decreto ha señalado además que el límite máximo del compromiso que pueda otorgarse a una obra o conjunto de obras para su exhibición en una misma exposición, así como el límite total acumulado de las garantías concedidas por la Generalitat, se fijarán anualmente mediante las correspondientes leyes de presupuestos.
En caso de pérdida, sustracción o destrucción total, la indemnización será equivalente al valor asignado al bien. Si los daños son parciales, la cobertura incluirá los costes de restauración y, en su caso, la pérdida de valor ocasionada, aunque la compensación no podrá superar el valor previamente asignado al bien garantizado. El decreto también ha previsto que no se cubra el primer tramo de los daños ocasionados, un importe que se situará entre 30.000 y 144.000 euros, en función del valor total de los bienes garantizados en cada exposición o programa expositivo.
Impacto económico
La norma ha planteado que esta garantía pública reduzca los costes de aseguramiento de las colecciones y complemente el seguro privado, especialmente en operaciones de elevado valor económico, con el objetivo de racionalizar los recursos públicos destinados a la protección de bienes culturales.