La Generalitat regula el acceso al certificado de valenciano A1 mediante cursos de entidades locales y universidades

La resolución publicada en el DOGV fija los criterios para que la JQCV reconozca y expida el certificado tras cursos gratuitos de al menos 60 horas, con solicitudes hasta el 30 de octubre de 2026.

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La Vicepresidència Segona i Conselleria de Presidència ha publicado en el DOGV la resolución que establece los criterios para que la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià (JQCV) reconozca y expida el certificado de nivel A1 a las personas que superen cursos autorizados organizados por entidades locales y universidades.

La iniciativa amplía las vías de acceso a la acreditación oficial del nivel inicial de valenciano a través de las administraciones locales y del sistema universitario valenciano. El director general de Política Lingüística, Vicent Satorres, ha señalado que esta regulación “facilita una primera aproximació al valencià amb una formació gratuïta, pròxima i adaptada a les necessitats comunicatives més habituals”.

Satorres ha destacado además que el nivel A1 “és una porta d'entrada a l'aprenentatge de la llengua i permet adquirir recursos bàsics per a comunicar-se en situacions quotidianes i continuar avançant en el coneixement del valencià”.

Requisitos de los cursos

Los cursos se dirigen a personas mayores de 16 años sin conocimientos de valenciano o con conocimientos básicos. La formación debe ser gratuita y contar con una duración mínima de 60 horas lectivas.

El profesorado responsable debe acreditar, como mínimo, el nivel C1 de valenciano de la JQCV o un certificado equivalente. Para obtener la acreditación, el alumnado tiene que participar en un curso autorizado por la Dirección General de Política Lingüística y obtener la calificación de apto en el acta final.

Posteriormente, la JQCV registra y expide el certificado en formato electrónico y lo envía por correo electrónico a la persona interesada. El programa formativo contempla la adquisición de un dominio inicial que permita comprender y utilizar expresiones cotidianas y frases sencillas, presentarse, dar información personal básica y comunicarse en situaciones habituales, siempre que la interacción sea clara y pausada.

La resolución precisa que esta opción se suma a la formación ofrecida por los centros de la Generalitat d'Educació de Persones Adultes, que cuentan con un sistema de organización y reconocimiento establecido por decreto.

Evaluación y contenidos

La estructura del curso evalúa la comprensión oral y la comprensión escrita, con un valor del 30% cada una; la expresión escrita, con un 10%; y la expresión e interacción orales, con un 30%. Entre los contenidos figuran situaciones vinculadas a la identificación personal, las relaciones sociales, las actividades cotidianas, los servicios, la salud y el estado de ánimo.

El personal docente debe adaptar la programación a la realidad individual y sociocultural del alumnado, fijar los requisitos mínimos para superar el curso, definir los baremos de evaluación de la expresión oral y concretar los criterios de calificación. También tiene que elaborar una memoria final.

Plazos y tramitación

El plazo para que las entidades locales que disponen de personal técnico con funciones propias de promoción lingüística y las universidades valencianas soliciten la autorización está abierto hasta el 30 de octubre de 2026. Las solicitudes deben presentarse exclusivamente por vía telemática mediante el procedimiento habilitado en la sede electrónica de la Generalitat.

La autorización de los cursos se publicará en el DOGV. Una vez finalizada la formación, las entidades autorizadas deben presentar el acta final, la relación de personas aptas y la memoria del curso.

El plazo para remitir la documentación necesaria para el registro y la expedición de los certificados finalizará el 9 de julio de 2027.