El Consell ha publicado el decreto que aprueba las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes para las explotaciones ganaderas que han perdido ingresos a consecuencia de las medidas adoptadas ante los focos de la enfermedad de Newcastle en la Comunitat Valenciana.
Medidas sanitarias y pérdidas de actividad
La aparición de focos de Newcastle en la Comunitat Valenciana obligó a la Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca a aplicar medidas sanitarias obligatorias. Entre ellas, el decreto destaca la inmovilización de explotaciones, la restricción de movimientos de animales y la imposición de vacíos sanitarios obligatorios, en aplicación de la normativa vigente en materia de sanidad animal.
El texto señala que, como consecuencia directa de estas actuaciones, se ha producido la interrupción total de la actividad productiva en numerosas explotaciones avícolas. La razón es la imposibilidad de permitir la entrada de nuevos lotes de animales y mantener la continuidad de los ciclos productivos, lo que ha generado pérdidas económicas significativas.
El perjuicio indemnizable, según el decreto, no se limita a los daños materiales, sino que incluye el lucro cesante derivado de la imposibilidad de ejercer la actividad productiva. En ese sentido, el daño indemnizable procede de las medidas administrativas obligatorias de restricción de movimientos impuestas, y no de la enfermedad en sí.
Quién podrá pedir la ayuda y qué se subvenciona
El decreto concreta que podrán beneficiarse de las ayudas directas los titulares de explotaciones avícolas de tipo de producción y reproducción inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunitat Valenciana. Estas explotaciones deben haberse visto afectadas por una restricción oficial de entradas de animales con motivo de las declaraciones de focos de Newcastle y haber sufrido pérdidas de ingresos derivadas de su actividad habitual.
Asimismo, establece que las actuaciones subvencionables serán la pérdida de ingresos derivada de la imposibilidad de desarrollar la actividad productiva durante el periodo de inmovilización.
Importe y plazo de solicitud
El importe global máximo de las ayudas previstas en este decreto asciende a 700.000 euros, con cargo a fondos propios de la Generalitat para el ejercicio presupuestario 2026. El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días naturales, desde el día siguiente al de la publicación del decreto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).
El decreto añade que la actividad avícola desempeña un papel relevante en la generación de empleo, especialmente en el medio rural, y contribuye de manera significativa a la cohesión territorial.