La Generalitat ha convocado 6,32 millones en ayudas para la compra de vivienda joven en municipios pequeños

Las subvenciones, dirigidas a menores de 36 años, han fijado una ayuda máxima de 15.000 euros por vivienda y se han abierto para municipios de menos de 10.000 habitantes

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Convocatoria y alcance

La Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad ha convocado ayudas para la compra de vivienda joven en municipios pequeños por un importe de 6.320.000 euros.

La vicepresidenta primera y conseller de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, Susana Camarero, ha visitado Buñol, uno de los 436 municipios incluidos en esta convocatoria, y ha recordado que las subvenciones han estado destinadas a jóvenes menores de 36 años para la adquisición de vivienda en municipios de menos de 10.000 habitantes de la Comunitat Valenciana.

La resolución ha sido publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Cuantía y finalidad

La cuantía máxima de la subvención ha sido de 15.000 euros por vivienda, con el límite del 20 % del coste de adquisición, sin incluir gastos ni tributos inherentes a la compra.

Según ha explicado Camarero, estas ayudas han tenido por objeto “facilitar a las personas jóvenes con recursos económicos limitados el acceso a una vivienda habitual y permanente en régimen de propiedad, y contribuir al reto demográfico mediante el fomento de la adquisición de viviendas en municipios de pequeño tamaño, favoreciendo la recuperación de población”.

Las ayudas se han concedido en régimen de concurrencia competitiva y se han incluido en el Plan estatal de vivienda 2026-2030, del que el 40 % de la financiación ha corrido a cargo de la Generalitat.

Requisitos y plazo

Para acceder a estas ayudas, las personas solicitantes han tenido que cumplir los requisitos establecidos en la normativa. Entre ellos, han figurado tener menos de 36 años, disponer de unas rentas anuales iguales o inferiores a 5 veces el IPREM, adquirir la vivienda entre un máximo de dos personas y no ser propietarias de otra vivienda.

Además, la vivienda adquirida ha tenido que destinarse a residencia habitual y permanente de la persona beneficiaria durante un plazo mínimo de cinco años desde la fecha de adquisición, y su precio ha debido ser igual o inferior a 250.000 euros.

La percepción de estas subvenciones ha sido compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o entidad pública o privada.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.